A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Camacho Santamaria Raul
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintitrés Administrativo Sección Segunda Oral de Bogotá y el Juzgado Noveno Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá.
La controversia se ocasiona por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), contra la Resolución mediante la cual el Instituto de los Seguros Sociales reconoció una pensión de vejez a favor de un ciudadano, por considerar que la pensión reconocida fue superior a lo que en derecho correspondía por lo que además de la nulidad de la resolución pretende, a título de restablecimiento del derecho, que se ordene reintegrar a Colpensiones, entre otras sumas, la diferencia de las mesadas pagadas junto con las que se sigan causando, en forma indexada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el asunto se enmarca en las previsiones de los Autos 316 y 840 de 2021, según los cuales, el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho a través del cual la administración cuestiona su propio acto administrativo, que creó o modificó una situación jurídica particular, le corresponde exclusivamente a los jueces administrativos por disposición expresa de los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.
Esto ocurre incluso cuando el acto administrativo regula un tema relacionado con asuntos laborales o de la seguridad social, puesto que por medio de la acción de lesividad se debaten ‘intereses propios de la administración’, los cuales deben ser resueltos por el juez administrativo y, en caso de la supresión o liquidación de una entidad pública, según se disponga, supone la subrogación de las obligaciones y derechos por parte de otra entidad.
Dicha subrogación implica, a su turno, el traslado de las obligaciones derivadas de los derechos reconocidos a través de actos administrativos particulares expedidos por la entidad reemplazada.
En tales términos, la entidad reemplazante que enfrenta los efectos perjudiciales de los actos administrativos expedidos por la entidad que subrogó, puede demandar dichos actos por medio de la denominada acción de lesividad.
La Corte resuelve aplicar estas reglas jurisprudenciales y asignar la competencia a la Jurisdicción Contencioso Administrativa para disponer el envío del expediente al Juzgado Veintitrés Administrativo Sección Segunda Oral de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Noveno Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá y a los sujetos procesales dentro del proceso administrativo correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintitrés Administrativo Sección Segunda Oral de Bogotá y el Juzgado
- Noveno. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Veintitrés Administrativo Sección Segunda Oral de Bogotá conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) contra la Resolución No. 130369 del 16 de diciembre de 2010, mediante la cual el Instituto de los Seguros Sociales hoy Colpensiones, reconoció una pensión de vejez a favor del señor Raúl Camacho Santamaria, de acuerdo a las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4998 al Juzgado Veintitrés Administrativo Sección Segunda Oral de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Noveno. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá y a los sujetos procesales dentro del proceso administrativo correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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